¿Cómo regularizar mi situación migratoria en Costa Rica?

Toda persona extranjera que desee regularizar su situación migratoria en Costa Rica debe presentar una solicitud de categoría migratoria ante la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), institución responsable de controlar el ingreso, la permanencia y la salida de personas extranjeras del país.

En este artículo le explicamos brevemente las principales categorías migratorias reconocidas por la legislación costarricense; libre condición vrs. condición restringida; los requisitos documentales generales para solicitudes por primera vez; resolución del trámite y emisión del DIMEX; así como los servicios legales que ofrecemos para acompañarle durante este tipo de procesos.

⚠️ Importante: Existen costos asociados tanto a la presentación de la solicitud como a la obtención de la documentación migratoria que deben pagarse a la DGME.

Categorías migratorias en Costa Rica

De acuerdo con la Ley General de Migración y Extranjería (Ley 8764), las categorías migratorias se dividen de la siguiente manera:

1. Residente permanente: persona extranjera con autorización para permanecer en el país por tiempo indefinido. Se contemplan los siguientes supuestos:

• Personas con vínculo con persona costarricense en primer grado de consanguinidad (madre, padre, hijos/as menores o mayores con discapacidad, así como hermanos/as menores o mayores con discapacidad).

• Personas que hayan mantenido residencia temporal en el país durante al menos tres años consecutivos,

•Persona indígena transfronteriza.

2. Residente temporal: persona extranjera con autorización para permanecer en el país por un tiempo definido. Por ejemplo:

• Inversionista y sus dependientes.

• Pensionado/a y sus dependientes.

• Rentista y sus dependientes.

• Cónyuge de persona costarricense (por matrimonio o unión de hecho reconocida judicialmente).

• Ejecutivos, representantes, gerentes y personal técnico de empresas establecidas en el país, y sus dependientes.

• Personas que sean empleadas especializadas por cuenta propia o en relación de dependencia que se integren a las labores de empresas y sean requeridos para su desarrollo, según criterio de la DGME.

3. Categorías especiales son aquellas otorgadas por la DGME para situaciones migratorias particulares que, por su naturaleza, requieren tratamiento diferenciado con respecto a otras categorías. Se otorgan por tiempo definido. Algunos ejemplos:

• Refugio

• Apatridia

• Asilo

• Estudiantes

• Docentes

• Trabajadores de ocupación específica solicitados para trabajar con persona física o con persona jurídica

• Trabajadores por cuenta propia

• Trabajadores temporales

• Trabajadores transfronterizos

• Por razones de humanidad

4. Personas No Residentes son aquellas personas extranjeras a las que, sin intención de residir en el país, la DGME les otorga autorización de ingreso y permanencia por un período determinado, de acuerdo con los plazos establecidos en la normativa migratoria aplicable. Ejemplos:

• Turismo.

• Estancia de "Trabajador o Prestador Remoto de Servicios", mejor conocido como nómada digital.

• Estancia para personas que requieran tratamientos médicos especializados.

• Estancia para agentes de negocios, agentes viajeros o delegados comerciales que ingresen para atender asuntos vinculados a las actividades de las empresas o sociedades que representen.

• Personas extranjeras en tránsito.

¿Libre condición o condición restringida?

La posibilidad que tiene una persona extranjera para trabajar o llevar a cabo labores manuales e intelectuales remuneradas en el país, depende de la categoría migratoria aprobada.:

Libre condición: autorización otorgada por la DGME para ejercer cualquier actividad laboral, manual o intelectual remunerada. Aplica para personas con residencia permanente, así como en categorías especiales como refugio, apatridia y asilo. También incluye residencias temporales, como persona indígena transfronteriza.

Condición restringida: autorización otorgada por la DGME para ejercer o no una determinada actividad laboral, intelectual o manual remunerada. La persona extranjera no puede desempeñarse en cualquier área o modalidad, sino únicamente en aquellas previamente autorizadas. Esta condición aplica para la mayoría de residencias temporales y categorías especiales.

Algunas consideraciones sobre personas No residentes

En términos generales, está prohibida la contratación de personas que hayan ingresado y permanenzan en el país bajo la categoría de no residentes. Las únicas personas extranjeras autorizadas para ello encontrándose en trámite su solicitud de regularización migratoria:

  • Personas contratadas por las empresas acreditadas ante Migración de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 36576-G- “Reglamento para el Registro de Empresas ante la Dirección General de Migración y Extranjería y la Regularización Migratoria de su Personal”.

  • Personal de medios de transporte internacional de pasajeros y mercancías.

  • Personas de especial relevancia en los ámbitos científico, profesional, religioso, cultural, deportivo, económico o político que, en función de su especialidad, sean invitados por los Poderes del Estado o las instituciones públicas o privadas, o por las universidades o los colegios universitarios.

  • Agentes de negocios, agentes viajeros o delegados comerciales que ingresen para atender asuntos vinculados a las actividades de las empresas o sociedades que representen.

  • Reporteros, camarógrafos y demás personal de los medios de comunicación social, que ingresen al país para cumplir funciones de su especialidad.

Durante el plazo que se tarde resolviendo su solicitud de regularización migratoria y hasta su resolución, dichas personas podrán ejercer labores remuneradas o lucrativas con el patrono señalado en la petición, conforme a las siguientes condiciones:

  • La persona extranjera únicamente podrá realizar las funciones descritas en su solicitud de ingreso o permanencia.

  • El patrono deberá estar debidamente inscrito como tal ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), garantizar en el contrato de trabajo pleno respeto a la legislación laboral y social vigente y el pago de salario mínimo durante el plazo de esta autorización temporal para laborar. La violación a esta condición implicará la denegatoria de la solicitud de la persona extranjera.

  • En caso de que la Policía Profesional de Migración detecte que la persona se encuentre realizando labores distintas de las que fundamentó en su solicitud, le será denegada esa petición, se cancelará su permanencia y se podrá aplicar sanción administrativa de deportación.

  • La autorización para laborar a la que se refiere este artículo será estrictamente temporal, y vencerá cuando se autorice o deniegue en firme la solicitud realizada.

  • La autorización para laborar regulada en este artículo no implica que se autorizará la solicitud pretendida por la persona extranjera, ya que dicha solicitud deberá resolverse de acuerdo con la legislación migratoria vigente al momento de la presentación de la gestión.

Requisitos documentales básicos

Todo trámite de categoría migratoria requiere la presentación de una solicitud por escrito, la cual deberá ir acompañada de requisitos documentales específicos.

Tales documentos varían según la categoría migratoria y ciertas excepciones, sin embargo, generalmente se solicita: 

• Pasaporte original, vigente y en buen estado (con al menos 6 meses de vigencia restante).

• Visa de ingreso vigente (cuando aplique).

• Certificado original de nacimiento: apostillado o bien, legalizado y autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica. Se recomienda que sea lo más reciente posible, no mayor a 6 meses de emisión.

• Certificado original de antecedentes penales del país de origen o de residencia durante los últimos 3 años: vigente (no más de 6 meses desde su emisión), apostillado o bien, legalizado y autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.

• Inscripción consular.

• Comprobante de huellas dactilares emitido por el Ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica (para personas mayores de 12 años).

• Dos fotografías recientes tamaño pasaporte.

•Comprobante bancario por pago de impuestos/especies fiscales.

•Comprobante bancario por pago de solicitud de permanencia legal.

•Comprobante bancario por pago de cambio de categoría migratoria (por ej. de turista a residente permanente).

📌 Nota: A estos documentos se suman los requisitos específicos que varían según la categoría migratoria solicitada. Por ejemplo: certificado de matrimonio, contratos u ofertas laborales, demostración de ingresos económicos, estados financieros, personería jurídica de empresa, constancia de matrícula en centro educativo, declaraciones juradas con distintos fines, etc. 

Resolución del trámite y emisión del DIMEX

Aunque la normativa establece un plazo de 90 días para la resolución, en la práctica este suele extenderse, dependiendo de la complejidad del caso y la capacidad operativa de la DGME.

Una vez aprobada la solicitud, se le notificará una resolución administrativa que incluye los requisitos y pagos necesarios para la emisión de su DIMEX (Documento de Identidad Migratorio para Personas extranjeras). Entre dichos requisitos se encuentran:

• Inscripción ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

• Pago del documento de identificación (DIMEX).

• Aporte al Fondo Social Migratorio.

• Depósito de garantía (equivalente al valor de un boleto aéreo de regreso a su país de origen).

✳️ Excepción: Las personas refugiadas, asiladas o apátridas están exentas de este depósito.

Servicios legales especializados

En Guaria Legal contamos con un equipo capacitado para gestionar trámites migratorios con eficiencia y profesionalismo. Le ofrecemos:

• Evaluación integral de su situación migratoria.

• Revisión completa de requisitos y documentación.

• Acompañamiento legal en la presentación de solicitudes ante la DGME.

• Seguimiento continuo hasta la finalización del trámite.

📌 Recomendación final

Este artículo está diseñado para brindar una guía general. Cada caso tiene sus particularidades, por lo que contar con asesoría legal especializada puede marcar la diferencia entre un trámite exitoso o uno rechazado. Desde Guaria Legal podemos asesorarle con profesionalismo, claridad y compromiso en su proceso migratorio.

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